Simulacro de aislamiento en Bogotá, ¿qué debe saber?

Simulacro de aislamiento en Bogotá, ¿qué debe saber?

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Desde este viernes 20 de marzo y hasta el lunes 23 Bogotá tendrá un simulacro de aislamiento frente al virus COVID 19. En el siguiente articulo encontrara los horarios y las medidas que se adoptarán durante esta jornada y que tendrá también aplicación también en los municipios de Cundinamarca.


El objetivo de esta actividad es evaluar cómo actuar en la posible aplicación de una medida más estricta como un toque de queda o una cuarentena y otros casos."Vamos a hacer como si más adelante llegáramos a tener la necesidad de quedarnos en casa por cuidado generalizado", aclaró Claudia López.

¿Desde qué hora empieza el simulacro ?
El simulacro inició desde este jueves 19 de marzo a las 2 p.m. de manera pedagógica y hizo obligatorio desde las 0:00 a.m. del viernes 20 de marzo y finalizará a las 11:59 p.m. del lunes 23 a la media noche.


¿Cómo se desarrollará el simulacro?
Las disposiciones de las autoridades mencionan que la orden de aislamiento y de no circulación en las calles es de carácter obligatorio, salvo algunas actividades como :

  • Asistencia a centros de salud.
  • Abastecimiento básico de alimentos, productos farmacéuticos, y ví­veres de primera necesidad. La recomendación es que lo haga una sola persona por núcleo familiar.
  • Atención de asuntos de fuerza mayor. En estos casos las personas deben acreditar dicha situación y evidenciar ante la Policí­a, Ejército, y personal de la Alcaldí­a la emergencia.

¿Quiénes están exentos de esta medida?
Las únicas personas y vehí­culos que estarí­an autorizados para transitar durante el simulacro serán los relacionados a las siguientes actividades:
Servicios administrativos, operativos y profesionales de servicios públicos y de salud.

  • Servicios de seguridad y atención sanitaria (ambulancias, atencion prehospitalaria, distribución de medicamentos e incluye aquellas dedicadas a la atención veterinaria).
  • Prestación de los servicios administrativos, operativos o profesionales de los servicios públicos y privados de salud. Es decir, todos aquellos que trabajan en EPS, IPS y hospitales.
  • Cuidado domiciliario o institucional de población vulnerable de adultos mayores, menores de edad, enfermos, personas con discapacidad o dependientes y animales.
  • Servicios funerarios.
  • Empresas de vigilancia.
  • Fuerza Pública, Ministerio Público, Defensa Civil, Cruz Roja,Defensorí­a
    del Pueblo, Cuerpo Oficial de Bomberos.
  • Vehí­culos de abastecimiento y distribución de combustible.
  • Equipos de periodistas.
  • Operarios de TransMilenio e Sitp.
  • Personal administrativo y operativo del aeropuerto.
  • Ingreso y salida de transporte de carga desde y hacia el Aeropuerto El Dorado.
  • Taxistas que operan a través de llamada telefónica o aplicaciones.
  • Transporte de alimentos y productos perecederos.
  • Personal de empresas de producción de alimentos y productos farmacéuticos.
  • Servidores públicos y contratistas del Estado relacionados a la atención y funcionamiento de la alerta sanitaria.

¿Cuáles son las medidas para restaurantes?
Entre las medidas adoptadas los establecimientos podrán seguir prestando su servicio bajo la modalidad de domicilios, No está permitido el consumo dentro de los mismos.


¿Y la ley seca?
Estar vigente esta medida, pero no se restringirá el consumo de bebidas alcohólicas en los hogares. No está permitido el consumo en establecimientos comerciales.


¿En relación a domicilios o trabajos afines a este oficio como aplica la medida?
Las personas que se dediquen a la entrega de domicilios de alimentos y medicamentos de primera necesidad podrán hacerlo, siempre y cuando cuenten con la debida identificación. En este í­tem también entran las bicicletas y motocicletas asociadas a las plataformas tecnológicas.


Conozca el decreto final completo haciendo click aquí­

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