¡Aprobada la nueva Ley de propinas!

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La Ley de Propinas vení­a tramitándose en el congreso ya hace un tiempo, pero el 3 de agosto fue sancionada por el expresidente Juan Manuel Santos. La "Ley 1935 -3 AGO 2018" es obligatoria a partir del momento en que fue sancionada. LA BARRA habló con Maria Paz Mejí­a y Diego Márquez Arango, lí­deres del equipo de alimentos y bebidas de "Del Hierro Abogados" y esto nos contaron al respecto.

¿Cuál era el panorama previo a la Ley?

Habí­a una práctica positiva y una negativa. La positiva era que los meseros y demás personal de servicio de un establecimiento de comercio, decidí­an cómo se repartí­an las propinas y efectivamente la propina les llegaba a ellos. La práctica mala implicaba que los administradores o dueños de los establecimientos usaban las propinas para fines que no eran los correctos. Las usaban para pagar salarios, reponer implementos del menaje que se habí­an dañado, etc. Además, con este dinero cruzaban deudas de los empleados con la empresa. Esto lo prohibió la ley.

La ley aclaró algunas cosas importantes:

  1. La propina es la representación monetaria que da un comensal al esfuerzo colectivo, para entregar un buen servicio.
  2. La propina no constituye salario.
  3. "Aunque la Ley no dice esto explí­citamente, nosotros en nuestr análisis dedujimos que a pesar de que la propina no constituya salario, sí­ hace parte del ingreso del trabajador", aseguran. Por este motivo, si supera los rangos legales, el empleador sí­ debe hacer las retenciones en la fuente que correspondan.
  4. La Ley aclaró que el establecimiento no puede sugerir más del 10% cuando lo incluye en la factura.
  5. Se reitera que el personal del servicio debe preguntarle al cliente si quiere que le incluyan este 10% dentro de la factura.
  6. Se aclara que la Superintendencia de Industria y Comercio seguirá siendo la autoridad competente para vigilar estos temas.
  7. La Ley establece que el empleador tiene máximo 1 mes para pagar este dinero. "Nuestra recomendación es establecer una fecha para pagar una vez al mes", aseguran.
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¿Qué novedades presentó esta Ley?

  1. No se pueden cruzar las deudas de los empleados con las propinas.
  2. El dueño y/o el administrador, no puede intervenir con nada que tenga que ver con la destinación de las propinas. Antes esto no existí­a, simplemente el administrador definí­a su destino.
  3. La propina no constituye salario.

¿Qué deben hacer los restauradores?

  1. Definir qué es la cadena de servicio.
  2. Deben identificar y tener muy claro quiénes hacen parte de esa cadena de servicio. "Nosotros creemos que cada dueño de restaurante debe definir esto minuciosamente", aseguran.
  3. Los que hacen parte de esa cadena de servicio deben definir qué hacer con las propinas y cómo se destinarán. No deben intervenir, solo facilitar el espacio.

¿Disminuirá la rotación de personal?

Según Gustavo Tomé, consultor gastronómico, a pesar de los conflictos que puede representar este Ley para los restauradores, ocurrirá algo muy bueno a mediano y a corto plazo y es que disminuirá la rotación de personal y la competencia entre cadenas será equitativa. "En resumen, esta Ley traerá equilibrio en el mercado y ayudará a que los profesionales del sector estén más estables en un lugar de trabajo, asegura.

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