
Cementerios y clubes tienen que cederle al Distrito parte de sus terrenos
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Cementerios y clubes tienen que cederle al Distrito parte de sus terrenos |
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Eso dijo el Consejo de Estado al dejaren firme un decreto expedido en 2.003, que le da facultad al Distrito para tomar porciones de terreno de los alrededores de estos sitios para hacer alamedas o andenes. La demanda había sido puesta en nombre del Club Los Lagartos. Felipe de Vivero Arciniégas, en nombre del Club Los Lagartos, había puesto una demanda en contra del decreto 619 del 28 de julio de 2000, donde se menciona la facultaddel Distrito de adquirir estos terrenos para hacer andenes. El demandante pedía la nulidad del decreto porque aseguraba que se trataba de una expropiación. Además, lo andenes tenían que estar determinados en el Plan de Ordenamiento Territorial (POT), no en las construcciones ya hechas, como en el caso del club en mención. Aseguraba entonces de Vivero Arciniegas "que las afectaciones al dominio público, en el caso de los antejardines y zonas de cesión gratuita, son el resultado de las previsiones urbanísticas en torno a áreas de cesión y aislamientos necesarios y son propias de aprobaciones de licencias de construcción de nuevos proyectos urbanísticos y no ya construidos y desarrollados". Pero para la Sección Primera "las franjas de propiedad privada, en este caso, pertenecientes al Club de Los Lagartos, no están pasando a ser propiedad del Distrito Capital, de ahí que no cabe hablar de expropiación e indemnización, sino que sencilla y llanamente, como sucede con el área de los antejardines, está afecta a un uso público para la satisfacción de necesidades urbanas colectivas". Agregando además el Consejo de Estado que "las zonas verdes de los equipamientos deportivos y recreativos deberán sujetarse a los planes que sobre espacio público defina el Distrito, y que el área de retroceso perimetral de los equipamientos deportivos y recreativos equivale a un antejardín, ello pone de manifiesto que dado este carácter, se trata de elementos naturales de los inmuebles privados, que constituyen espacio público, destinados a la satisfacción de las necesidades urbanas colectivas que prevalecen frente al interés inpidual". Esta decisión también afecta a los clubes Los Arrayanes, Carmel, El Country, así como a los cementerios El Apogeo, Jardines del recuerdo y Jardines de paz. En primera instancia fue interpuesta la demanda ante elTribunal Administrativo de Cundinamarca, que la denegó.
Tomado de: www.elespectador.com Foto: www.cambio.com.co |
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