Así empezarán a tributar las plataformas digitales de servicios turísticos y sus usuarios

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Con el fin de lograr una mayor equidad competitiva en el sector turí­stico, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a través del decreto 1836 de 2021, reglamentó las nuevas medidas legales para las plataformas digitales de servicios turí­sticos que operan en el paí­s. Inscribirse en el Registro Nacional de Turismo (RNT), entregar información estadí­stica al ministerio, disponer de mecanismos de atención de peticiones, quejas y reclamos, y pagar la contribución parafiscal para la promoción del turismo, son algunas de las medidas más destacadas.

Con la entrada en vigor del decreto desde enero de este año, las plataformas y los hospedadores tendrán un plazo de ocho meses para cumplir con su implementación. "Este decreto es uno de los compromisos y acciones que hemos impulsado desde el Ministerio, por su importancia y contribución a la formalización del sector hotelero y turí­stico del paí­s", señaló la ministra de Comercio, Industria y Turismo, Marí­a Ximena Lombana Villalba.

¿Por qué regular estas plataformas?

Tan solo en Colombia, Airbnb permite que 1,6 millones de personas se hospeden al año en casas, apartamentos o fincas. En el mundo son más de 5,6 millones de hospedajes que ofrecen cuatro millones de usuarios, generando recaudos por 110.000 millones de dólares en más de 200 paí­ses. 

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Ante estas cifras, asociaciones como Cotelco y Anato llamaron la atención de las autoridades por la competencia desigual. "Celebramos la exigencia y obligatoriedad del RNT para prestadores de servicios de hospedaje. Es un punto que vení­amos solicitando de tiempo atrás y consideramos que es un estí­mulo para la formalización, que a su vez generará mayor competitividad en el sector", señaló la directora ejecutiva de Cotelco, Ángela Patricia Lastra.

Por su parte, la presidenta de Anato, Paula Cortés mencionó que, con el decreto 1836, se podrá equiparar la cancha entre los prestadores de servicios turí­sticos del paí­s. "Esta medida permitirá que, con el aporte de parafiscales de las plataformas digitales, el Gobierno nacional obtenga recursos para invertirlos en infraestructura turí­stica del paí­s".

Ante este anuncio, Airbnb resaltó el trabajo en conjunto con el Gobierno Nacional, el cual se encargará de validar los números de registro y su vigencia, así­ como el tiempo de implementación y cumplimiento de ocho meses para las plataformas. "Celebramos que en las cámaras de comercio locales se haya establecido la reducción del proceso para la obtención del Registro Nacional de Turismo de 15 a 5 dí­as", detalló en un comunicado la compañí­a norteamericana. 

¿Qué exige el decreto? 

Todas las plataformas digitales de servicios turí­sticos deberán inscribirse en el RNT, exhibir el número de RNT del prestador, retirar el anuncio cuando el prestador no lo exhiba o cuando exista una orden administrativa o judicial en firme, así­ como la entrega de información solicitada por las autoridades colombianas. 

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Para beneficio de los hospedadores, el Registro Nacional de Turismo es totalmente gratuito y la inscripción digital se puede realizar a través de las cámaras de comercio. Para esto, el decreto actualiza la reglamentación en relación con todos los trámites y simplifica varios de ellos, con el fin de facilitar la formalización de los prestadores de servicios turí­sticos.

"Acorta de 15 a cinco dí­as el término para que las cámaras de comercio efectúen el registro o devuelvan la solicitud; unifica las causales para el no registro de inscripción o renovación; y fusiona los trámites de reactivación y renovación para los casos en que una inscripción ha sido suspendida por el incumplimiento del deber de renovar", señaló el ministerio en un comunicado. 

El decreto también diferencia requisitos para inscripción de los comerciantes y de los no comerciantes, evitando exigir a estos últimos unas cargas desproporcionadas en la realización del trámite. Por último, actualiza la lista de prestadores de servicios turí­sticos, incluyendo como nuevas categorí­as a los parques de ecoturismo, parques de agroturismo, plataformas electrónicas o digitales de servicios turí­sticos y organizadores de bodas destino.

En noviembre y diciembre del 2021 se registró un aumento importante en el número de inscritos en el RNT en las categorí­as de "hospedaje turí­stico no permanente" (117%) y "viviendas turí­sticas" (25 %). Estos avances permitieron que el RNT terminara el año con más de 54.000 afiliados activos, lo cual es la cifra más alta desde la creación de este registro.

¿Cómo este decreto mejorará la inversión en el turismo? 

Por medio de la ley 2068 de 2020 se determinó como una obligación de las plataformas pagar la contribución parafiscal. Con este decreto se reglamentó que este recaudo se efectuará a través del Fondo Nacional de Turismo. "Para este efecto, Fontur viene realizando los ajustes a los formularios y a sus sistemas de información", según confirmó el Viceministro de Turismo, Ricardo Galindo Bueno.

"Esta disposición era necesaria porque en la medida en que el turismo crezca, las plataformas que ofrecen estos servicios también se ven beneficiadas e impactadas de forma positiva. De ahí­ la importancia de que estos actores fueran también aportantes", añadió el viceministro.

El valor de esta contribución corresponde al 2,5 por mil de los ingresos operacionales derivados de la comisión, remuneración o tarifa de uso que la plataforma de servicios turí­sticos perciba por su actividad. De acuerdo con Irvin Pérez, presidente de Fontur, la expectativa de recaudo de parafiscales para este año es de $64.000 millones.

De esta manera Colombia se convierte en pionero de la regulación de plataformas digitales para los servicios turí­sticos en la región. "Esto se suma al caso de éxito que representan las apuestas por internet y que son ejemplo de la transformación digital de las actividades económicas formales que aportan recursos importantes a las finanzas públicas", señaló Juan Manuel Ramirez, columnista de Portafolio.

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